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Mes: diciembre 2024

La Comunidad de Madrid aprueba la ‘Ley Mbappé’

La Comunidad de Madrid continúa desarrollando una política fiscal y tributaria que rebaja la presión fiscal sobre los contribuyentes. Con el objetivo de atraer inversores, la Asamblea de Madrid ha aprobado la conocida “Ley Mbappé”, que introduce una nueva deducción por la realización de determinadas inversiones. El incentivo fiscal está dirigido a personas que actualmente no residan en territorio español y decidan establecer su residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.

La entrada en vigor del nuevo incentivo fiscal será de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024. De esta manera, una persona física no residente en España que adquiera la condición de contribuyente en la Comunidad de Madrid podrá aplicar la deducción autonómica de un 20% del valor de adquisición de los siguientes elementos patrimoniales:

  • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados o no, en mercados organizados.
  • Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, negociados o no, en mercados organizados.

Como regla general, será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • La inversión ha de realizarse en el propio ejercicio de la adquisición de la residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
  • El contribuyente no ha de haber sido residente en España durante los 5 años anteriores al cambio de residencia a territorio de la Comunidad de Madrid.

En el caso de inversión en valores representativos de la participación en fondos propios, se exigen requisitos adicionales como, por ejemplo, que la entidad no podrá estar domiciliada ni constituida en un paraíso fiscal y la participación no podrá ser superior al 40%.

La deducción será aplicable a las personas físicas que se conviertan en contribuyentes del IRPF en la Comunidad de Madrid a partir del 1 de enero de 2024, independientemente de que, en determinados supuestos, las inversiones se hayan realizado durante el año anterior. El incentivo será incompatible con la aplicación del régimen de impatriados o “Ley Beckham” y con la aplicación de las siguientes deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid:

  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
  • Deducción por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil.

De esta manera, la Comunidad de Madrid pretende incentivar la llegada de nuevos inversores, favoreciendo la generación de empleo, la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las que ya operan.

En GC Legal contamos con un equipo de personas expertas que le pueden ayudar a examinar su caso concreto y planificar fiscalmente sus inversiones.

Planificación fiscal IRPF 2024: Deducciones aplicables

El periodo impositivo del IRPF del ejercicio 2024 finaliza a fecha 31 de diciembre, por lo que cabe recordar las posibles deducciones aplicables a residentes fiscales en el Comunidad de Madrid a efectos de planificación fiscal.

DEDUCCIONES ESTATALES

  • Deducciones por actividades económicas.
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  • Deducciones por donativos y otras aportaciones.
  • Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
  • Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial.
  • Deducción por doble imposición internacional.
  • Deducción por maternidad.
  • Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
  • Deducción por obras de mejora en la vivienda.
  • Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  • Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
  • Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga.
  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
  • Deducción por inversión en vivienda habitual.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS – COMUNIDAD DE MADRID

  • Deducción por nacimiento o adopción de hijos.
  • Deducción por adopción internacional de niños.
  • Deducción por acogimiento familiar de menores.
  • Deducción por acogimiento no remunerado de mayores de sesenta y cinco años y/o con discapacidad.
  • Deducción por cuidado de ascendientes.
  • Deducción por arrendamiento de vivienda habitual.
  • Deducción por gastos derivados del arrendamiento de viviendas.
  • Deducción por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
  • Deducción por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés.
  • Deducción por gastos educativos.
  • Deducción por cuidado de hijos menores de tres años, mayores dependientes y personas con discapacidad.
  • Deducción por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de treinta años.
  • Deducción por el pago de intereses de préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado.
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
  • Deducción por la obtención de la condición de familia numerosa de categoría general o especial.
  • Deducción para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
  • Deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
  • Deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de treinta y cinco años.
  • Deducción por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil.

El departamento de Fiscal de GC Legal le puede asesorar sobre la posible aplicación de incentivos fiscales para que pueda planificar su Declaración de IRPF con anterioridad a 31 de diciembre.