El pasado viernes 20 de Julio el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS/CAS) con sede en Lausanne, Suiza, emitió un laudo anulando la sanción de la UEFA al Club de Fútbol A. C. Milan que le impedía jugar durante dos temporadas en competiciones europeas por infracción de la normativa de Juego Limpio Financiero. Concretamente, la UEFA consideró que el equipo italiano había vulnerado el punto de equilibrio recogido en el Reglamento de Licencias y Juego Limpio Financiero de Clubes de la UEFA entre julio de 2014 y junio de 2017.
El Finantial Fair Play, aprobado por el Comité Ejecutivo de la UEFA en 2009, es un sistema de medidas por el cual los clubes están obligados a equilibrar sus cuentas y a actuar con responsabilidad para ayudar a proteger la viabilidad a largo plazo y la sostenibilidad del fútbol europeo de clubes. Tal regulación busca corregir una situación de gasto excesivo por parte de los clubes, de aumento de las tasas de los fichajes y de los salarios de los jugadores, disminuyendo la presión sobre los salarios y las transferencias y limitando el efecto inflacionario. La normativa introduce una mayor disciplina y racionalidad en las finanzas de los clubes de fútbol, generando un comportamiento económico más racional por parte de los mismos. Las medidas están diseñadas para proteger la salud y la viabilidad del fútbol europeo a largo plazo, al igual que la integridad y el funcionamiento de las competiciones. También pretenden estimular la inversión a largo plazo en áreas como el desarrollo juvenil o la mejora de instalaciones deportivas.
Estas medidas se han ido implementando de manera gradual hasta que en la temporada 2013/2014 aparece lo que podríamos denominar el pilar básico del concepto del Juego Limpio Financiero, en líneas generales el “punto de equilibrio”, según el cual los clubes no pueden gastar más de lo que generen, si bien se permite un cierto grado de endeudamiento, como es normal en cualquier actividad económica.
El incumplimiento del punto Break Even puede imponer diferentes medidas disciplinarias que van desde la advertencia hasta la descalificación de las competiciones o retirada de títulos o premios, en los casos más graves.
El Tribunal acordó anular la sanción que la UEFA impuso al Milan y que le excluía de la próxima edición de la Liga Europa y reenviar el caso de nuevo a la Federación europea para que adopte, en su caso, otra medida disciplinaria sobre el club italiano.
El TAS señaló que está confirmado que el club “rossonero” incumplió la normativa del juego limpio financiero de la UEFA, en concreto en el punto del equilibrio, pero consideró «desproporcionada» la sanción de excluirle de participar en la próxima competición europea para la que se había clasificado tras finalizar sexto en la Serie A italiana (Primera División italiana).
El Panel del TAS que estudió el caso consideró que la Cámara de Adjudicación de la UEFA que impuso la sanción no evaluó apropiadamente algunos elementos «en particular que la situación financiera del club ahora es mejor tras el reciente cambio de propietarios».
Por todo ello decidió trasladar el asunto de nuevo a la Federación, entendiendo que «la Cámara de Adjudicación está en «una posición mejor que el Panel para determinar una medida disciplinaria proporcionada en base a la actual situación financiera» de la entidad. Precisamente es aquí donde radica la singularidad de la resolución, pues el TAS devuelve el expediente a la UEFA para que resuelva evitando la desproporcionalidad apreciada en la sanción anterior. De este modo, a día de hoy, el Milan, es libre de jugar la fase de grupos de la UEFA Europa League, sin perjuicio de que cabe la posibilidad de que Uefa pueda volver a resolver antes de que comience la competición con una sanción que impida su participación durante la presente temporada.
Verónica Guerra Beltrán